El 13 de diciembre de 2016 la información nutricional pasará a ser obligatoria en el etiquetado de los alimentos.
01/04/2016
El Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, introduce como una de sus novedades la obligatoriedad del etiquetado nutricionalpara la mayoría de los alimentos transformados. Fuente: elika.eus
Los elementos que tendrán que declararse de forma obligatoria son: valor energético, grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas, sal.
Además, si se realiza una declaración nutricional o de propiedades saludables que mencione una sustancia que no figure en el etiquetado nutricional, deberá indicarse su cantidad en el mismo campo visual que el etiquetado nutricional. Las unidades de medida que se utilizarán para indicar la cantidad de sustancia serán las adecuadas para cada una de las sustancias de que se trate. En la información nutricional obligatoria ya no se puede indicar el sodio, sino que se deberá declarar la sal. Sin embargo, si el contenido de sal se debe a la presencia de sodio naturalmente presente en el alimento exclusivamente, los operadores podrán añadir una mención que lo indique, la cual deberá figurar cerca de la información nutricional.