REDUCCIÓN, ABSORCIÓN Y COMPENSACIÓN DE EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
13/08/2021
Según el Decreto 40/2021, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias.
El informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, en sus siglas en inglés) sobre los impactos de un calentamiento global de 1,5 ºC y las sendas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) para limitar dicho calentamiento, indica que las actividades humanas ya son responsables de un aumento de las temperaturas globales de, aproximadamente, 1 ºC sobre el nivel preindustrial. Al ritmo actual, a pesar del objetivo del Acuerdo de París de que la temperatura media no debería aumentar en más de 1,5 ºC a final de siglo, ésta se alcanzaría entre 2030 y 2052.
Ante esta situación de emergencia climática, la Comunicación de la Comisión Europea sobre el Pacto Verde Europeo establece las bases de una nueva estrategia de crecimiento para transformar la Unión Europea (UE) en una sociedad sostenible y sin emisiones netas de GEI para 2050. Para ello fija un objetivo climático para 2030, con vistas a seguir reduciendo las emisiones netas de gases de efecto invernadero, en un mínimo del 55% hasta 2030.
En el marco de esta hoja de ruta, el fomento de la capacidad de los sumideros de carbono se configura como una alternativa eficaz para asegurar la consecución del ambicioso objetivo de neutralidad climática, así como mejorar la protección de la biodiversidad y garantizar los servicios ecosistémicos frente al calentamiento global. En este sentido, a través del Reglamento (UE) 2018/841, la UE incluyó las emisiones y absorciones del sector uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y selvicultura, por primera vez, en el objetivo climático de la UE. El reglamento establece el compromiso vinculante, para cada Estado miembro, de garantizar que su sector LULUCF no cree débitos de carbono, una vez que se apliquen las normas contables específicas.
Más información y Fuente: Revista Alimentaria